De una manera similar a cómo los bancos están obligados por la AFIP a reportar los movimientos de las cuentas y tarjetas de sus usuarios a partir de cierto monto mínimo, ocurre lo mismo con las inversiones en los plazos fijos.

En los últimos meses, las entidades bancarias y financieras deben informar a la institución estatal el total acumulado hechos durante todos los meses, cuando alcance o supere los $200.000.

Anteriormente, la cifra mínima era de $90.000, por lo que el aumento implicó una mejoría en la transparencia en la supervisión de las transacciones financieras.

El propósito recae en reforzar la supervisión y el control de las inversiones en plazo fijo. De esta forma se asegura una adecuada rendición de cuentas y simplificando el rastreo de las operaciones más importantes y grandes.

Bajo este contexto, se busca asegurar una vigilancia efectiva y el cumplimiento formal de las obligaciones tributarias relacionadas con las inversiones financieras.

A través de la resolución 5349/2023 publicada en el Boletín Oficial, se estableció que los nuevos umbrales mínimos para la comunicación de movimientos financieros a la AFIP. Estos cambios tienen un impacto en diversos tipos de cuentas de caja de ahorro, salariales, seguridad social y cuentas de características especiales.

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