El Ministerio de Producción y Ambiente, informa que desde este sábado 28 de octubre, se da inicio a la temporada de pesca deportiva; la cual se extenderá hasta el 1 de Mayo del 2024 inclusive.

Para ello, los responsables de la comercialización de los permisos de pesca deportiva deberán realizar el registro y habilitación de los pescadores a través del Sistema de Información de Pesca Deportiva https://siped.tierradelfuego.gob.ar/pesca-deportiva

Al respecto el Director de Manejo de Recursos Ícticos Continentales de la Dirección General de Recursos Hídricos, Carmelo Sánchez, indicó que en la normativa vigente de este año, “hay varias cuestiones a tener en cuenta, con lo cual pedimos a los pescadores que la tengan en cuenta, a fin de evitar cualquier problema durante la práctica”.

Entre los puntos que se destacan en la Resolución 998/23, se advierte que las especies permitidas para la pesca recreativa en la Provincia, son el Salmón Chinook y el Salmón Coho; las cuales estarán sujetas a las modalidades permitidas y a la pesca con devolución obligatoria en todos los ambientes donde se encuentren.

Además, y a efectos de promover prácticas armónicas con el manejo de las poblaciones de salmónidos y permitir el desarrollo de una pesca recreativa responsable, se establecen condiciones particulares para los ambientes detallados a continuación:

-Río Grande y sus afluentes: Se habilita la pesca deportiva a partir del 28 de octubre de 2023 y la finalización de la temporada para el 14 de abril de 2024, inclusive.
-Río EWAN SUR: Inicio de Temporada el día veintiocho 28 de octubre de 2023 y finalización el 1 de mayo de 2024. En el tramo comprendido entre el puente “Justicia” de Ruta Nacional N°3 y la desembocadura, inicia a partir del 1 de enero de 2024. Se establece la devolución obligación en todo el curso del río.
-Río EWAN NORTE: Sólo se permite la pesca con devolución obligatoria en todo el río. En el tramo comprendido entre el puente “Justicia” de Ruta Nacional N°3 y la desembocadura, inicia a partir del 1 de enero de 2024.
-Río FUEGO: Sólo se permite la pesca con devolución obligatoria en todo el río.
-Arroyo VIDELA (cuenca río FUEGO): Sólo se permite la pesca con devolución obligatoria en todo el río.
-Río SAN PABLO: Sólo se permite la pesca con devolución obligatoria en todo el río.
-Lago YAKUSH, río INDIO y río CLARO: Queda prohibido la pesca deportiva en dicha zona hasta nuevo aviso
-Lago YEHUIN. Sólo se permite la pesca con devolución obligatoria en sector hostería, acceso por ruta “H” y embarcado.

-Laguna HANTUK (o SUTHERLAND): Sólo se permite la pesca con devolución obligatoria.

-Laguna PALACIOS: Sólo se permite la navegación con motores a explosión para circular por el sector noroeste de la laguna, entre el lago Fagnano y el muelle de la asociación de Caza y Pesca de Ushuaia.
-Río PALACIOS: Se habilita la pesca a partir del 1 de enero de 2024, con devolución obligatoria.
-Ríos MILNA, TUERTO, TURBIO y arroyo SUBIABRE: Se permite la pesca a partir del 1 de enero de 2024, sólo con devolución obligatoria.
-Laguna NEGRA: Sólo se permite la pesca con devolución obligatoria en la Reserva Provincial de Usos Múltiples Laguna Negra, de la cuenca lago Fagnano. Se encuentra prohibida la navegación a motor.
-Río IRIGOYEN: Sólo se permite la pesca con devolución obligatoria de todos los salmónidos.

-Río MALENGUENA: Sólo se permite la pesca con devolución obligatoria de todos los salmónidos y con equipo de la modalidad “Mosca”, autorizándose la modalidad “Cuchara” en un tramo de 200 metros antes de su desembocadura en el Océano Atlántico.

-Laguna BOMBILLA: Sólo se permite la navegación con motor a explosión en el sector oeste de la laguna a velocidad moderada sin desviar el rumbo, detenerse, ni dejarse derivar. Asimismo, se prohíbe la práctica de la pesca desde embarcaciones que cuenten con motor a explosión en toda la laguna.

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