Se resolvió un fallo judicial por parte del Juzgado Correccional de Río Grande en razón de la apelación de un chófer de Uber a una multa labrada por el municipio el 21 de septiembre pasado en el caso de un auto que fue multado e incautado en calle Schweitzer por hacer ese servicio.
La apelación a la multa emitida desde el Juzgado de Faltas fue tomada por el juez Correccional Pedro Fernández quien declaró la inconstitucionalidad de la.ordenanza 3548/2016 que prohíbe Uber en Río Grande y asimismo deja sin efecto la multa.

El propio fiscal había emitido un dictamen favorable al reclamo sosteniendo que se trata de una prohibición de una actividad comercial que no afecta razones de seguridad ni orden público, así como que el particular no es responsable de que el Estado en lugar de una norma prohibitiva regulara la actividad.

Además sostiene es “una actividad lícita que está reconocida en el mundo entero”.

El juez tomó estos postulados y consideró la normativa “arbitraria e irrazonable”, además de “desproporcionada”.
Resuelta la inconstitucionalidad el juez planteó la necesidad de que al tratarse Uber de un servicio de transporte privado con impacto público significativo, “amerita la regulación por parte del Estado”.
En ese sentido exhorta al Concejo Deliberante a reglamentar el funcionamiento de transporte privado de pasajeros mediante plataformas digitales.

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